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miércoles, 27 de mayo de 2015

IU critica la «limpieza» de documentos en Urbanismo tras perder el PP la mayoría absoluta

La formación denuncia que se ha cargado un camión «sin cubrir y sin custodiar» a las puertas del Área de Urbanismo de la capital con expedientes municipales


Imagen compartida por Rafael Esteban en las redes sociales del camión de la discordia.
EUROPA PRESS / 27·05·2015

El grupo municipal de IULV-CA de Almería ha llamado la atención este miércoles sobre la «limpieza» de archivos ejecutada por el Ayuntamiento de Almería en el Área de Urbanismo. Según el portavoz de la formación, Rafael Esteban, el camión ha cargado a las puertas de esta concejalía «expedientes y documentación municipal» para ser trasladada a otro punto, sentido en el que han expresado sus «quejas» ante el Consistorio, donde han explicado que se trata del procedimiento «ordinario» para retirar expurgo.

«El PP ha perdido la mayoría absoluta en el Ayuntamiento y esta misma mañana empezaba a hacer limpieza de cualquier manera», han criticado desde IU a través de su perfil social en Facebook junto con dos imágenes del camión. Así, fuentes de la formación han explicado que, tras llamar a Urbanismo, les han indicado que lo que se transportaban eran «expedientes».

Con esto, han considerado «muy grave» que se puedan llevar documentos municipales desde una de las sede del Consistorio hasta cualquier otro lugar —desconocen su paradero— en «un camión sin cubrir y sin custodiar».


La explicación del Ayuntamiento

Ante esta crítica, fuentes del Ayuntamiento han calificado de «lamentable» las «insinuaciones» vertidas desde IU que, además, hacen un «flaco favor» al funcionariado. Así, han aclarado que los documentos en cuestión son «proyectos de obra antiguos y duplicados» que se han llevado hasta una planta de reciclaje para su destrucción, lo que se enmarca en un «proceso ordinario».

Desde Urbanismo han precisado que hace «semanas» que se solicitó a Medio Ambiente que acudiera uno de estos camiones del servicio de mantenimiento para cargar el expurgo para su destrucción, de forma que incluso una de las personas contratadas a través de un plan de empleo de la Junta ha participado en la limpieza y clasificación del archivo.

Con esto, han negado que la forma de cargar los documentos pudiera suponer un peligro para su extravío o pérdida, al tiempo que han destacado el «malestar» de los funcionarios ante las «acusaciones veladas» de IU que vinculan la salida de esta documentación a la pérdida de la mayoría absoluta del PP en el Consistorio.

En este sentido, el jefe de sección de licencias y la coordinadora de la Gerencia Municipal de Urbanismo han suscrito un documento en el que afirman que el procedimiento seguido es el «habitual» para la destrucción de papel y documentación «que no original de expedientes» por «necesidades de espacio».

miércoles, 15 de abril de 2015

La incomparecencia de Manuel Tijeras obliga a suspender el juicio por presunta prevaricación en Zurgena

Pese a la oposición del ex arquitecto municipal Carlos Domingo Berbel, quien asegura residir actualmente en el extranjero



EUROPA PRESS / 15·04·2015

El exconcejal de Urbanismo de Zurgena Manuel Tijeras no se ha personado este miércoles en el Juzgado de lo Penal 2 de Almería, donde debía ser juzgado junto al exalcalde y actual edil de Obras Públicas Cándido Trabalón, por lo que la magistrada ha resuelto suspender la vista oral 'sine die' y ha ordenado que los acusados sean citados nuevamente con los apercibimientos legales oportunos.

La juez María Vidaurreta se ha avenido a la petición de la fiscal, que ha solicitado la suspensión. Sólo se ha opuesto a esta decisión otro de los acusados, el ex arquitecto municipal Carlos Domingo Berbel, cuya defensa ha alegado que supondría «un gran perjuicio» para él, ya que en la actualidad reside y trabaja en el extranjero «con la pérdida de días y dinero que ello conlleva».

En el acto de juicio, uno de los abogados ha solicitado la citación «fundamental» de dos testigos, entre ellos, la de la que fuera secretaria municipal de Zurgena, Trinidad Lidueña.

Trabalón, Tijeras, otro exedil y el arquitecto municipal se enfrenta a una petición fiscal de 18 meses de prisión y nueve años de inhabilitación especial como presuntos autores de un delito de prevaricación administrativa, por autorizar la parcelación para construir 37 viviendas unifamiliares en el paraje Los Carasoles, siendo «conocedores» que se «prescindió» de manera «absoluta» del procedimiento administrativo legalmente establecido, y de que se trataba de suelo no urbanizable.

La Fiscalía indica en su escrito que la mercantil Promobel Rocosa solicitó en diciembre de 2004 una licencia para la parcelación urbanística de un terreno rústico de su propiedad, dividiéndolo en 37 parcelas destinadas la construcción de otras tantas viviendas unifamiliares.

La solicitud dio lugar a un expediente, en el marco del cual Carlos Domingo Berbel habría emitido dos informes en los que afirmaba que la referida parcela «estaba dentro de la Delimitación de Suelo Urbano (DSU) aprobada en pleno y en el avance del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU)» aunque lo hizo, según afirma el Ministerio Público, «omitiendo deliberadamente» que ninguno de los dos instrumentos había entrado en vigor, a fin de que la solicitud fuera concedida.

Habría omitido, por tanto, que, conforme a la normativa vigente, el suelo no era urbanizable y la parcelación no estaba permitida, a lo que el fiscal añade que «no se emitió» en el expediente administrativo el preceptivo informe jurídico.

Trabalón y los dos excargos públicos están acusados por su participación en la Comisión de Urbanismo celebrada en febrero de 2005, y en la que votaron «a favor de la licencia solicitada, haciendo constar que acordaban por unanimidad informar favorablemente el parcelario propuesto por la promotora».

El Ministerio Público estima que «todos ellos conocían» que en la tramitación del expediente se había prescindido «absolutamente» del procedimiento administrativo legalmente establecido, «pues se había omitido —subraya— el informe jurídico preceptivo y que la parcelación era contraria a la normativa urbanística».

Tijeras habría dictado además un decreto, el mismo día que se celebró la comisión, autorizando la parcelación, pese a saber «que la ley las prohíbe en suelo no urbanizable». Posteriormente, en mayo de ese mismo año, habría expedido una licencia «en la que expresaba que en Zurgena no era preceptiva ni para fincas urbanas ni para rusticas la correspondiente licencia de segregación».

«No obstante, inmediatamente después se autorizaba a dividir la finca en 37 parcelas y calificaba la parcelas como de naturaleza urbana, cuando sabia que eran suelo no urbanizable, expresaba la superficie de las parcelas restantes e, incluso, hacía constar que la superficie restante de la finca matriz sería destinada a viales».


Entramado Judicial

En diciembre de 2014, el Juzgado de lo Penal 3 de Almería condenó a 15 meses de prisión y nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público a Cándido Trabalón, así como a siete exediles de la corporación que votaron en pleno a favor de la concesión de una licencia para la construcción de ocho edificios de tres plantas y 202 viviendas en la barriada de La Alfoquía.

Consideró entonces el tribunal que los acusados actuaron a «sabiendas de su injusticia», ya que se trataba, de modo «constatado y claro», de suelo «no urbanizable», y existía un informe técnico contrario a la actuación.

Cabe recordar que Trabalón, quien, según sostiene la dirección regional del partido, fue expulsado del PA en diciembre de 2012, está procesado en el llamado caso 'Costurero' contra la corrupción urbanística, en el que se enfrenta a penas que suman 180 años de prisión y 1.050 años de inhabilitación para cargo público.

Entre los 23 acusados restantes se encuentran exediles de la corporación, funcionarios y promotores inmobiliarios. No obstante, de ser condenado por los 120 delitos que se le imputan, cumpliría un máximo de nueve años de cárcel.

En los dos procedimientos ya juzgados, de los múltiples que enfrenta el exregidor, en uno se dictó absolución y en un segundo, tras ser condenado en primera instancia, la Audiencia Provincial de Almería revocó el fallo y dictó también la absolución.

lunes, 16 de marzo de 2015

Multas de 150 euros cada 20 días a la alcaldesa de Mojácar hasta que no ejecute un derribo

La demolición, que afecta a las obras de ampliación realizadas en su vivienda por un exconcejal socialista de Garrucha, debía haber sido ejecutada en 2008


Rosa María Cano, alcaldesa de Mojácar
EUROPA PRESS / 16·03·2015

El juez Juan Santiago Rodríguez Ruiz-Rico ha condenado a multas periódicas de 150 euros a la alcaldesa de Mojácar, Rosa María Cano, por no cumplir una sentencia que obliga al Ayuntamiento a acometer la demolición de las obras de ampliación realizadas en una vivienda del municipio, después de que la licencia fuese declarada nula y estas quedaran «sin cobertura legal».

El auto indica que resulta «inexplicable e injustificado el retraso» en el cumplimiento de la sentencia, que data de 2004 aunque fue declarada firme en 2008 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), y acuerda multas cada 20 días «hasta la completa ejecución del fallo judicial», según lo dispuesto en el auto que dictó el Juzgado de lo Contenciosos-administrativo número 2 en marzo de 2014 y que decretaba un plazo de tres meses.

La resolución, hecha pública por la iniciativa ciudadana 'Somos Mojácar', señala que el citado auto de ejecución «deja pocas dudas sobre cuál ha de ser el proceder del Ayuntamiento» y reprocha a Cano (PP) que la respuesta dada al juzgado en la audiencia pública haya sido que ha solicitado un «informe a los servicios técnicos municipales», habiendo sido, según remarca, «repetidas las ocasiones en que se ha requerido a la condenada para que cumpla la sentencia».

«Se ha constatado que no se ha llevado a cabo conducta alguna que pueda inferirse como ejecución de sentencia», indica el magistrado, para quien «nada impedía la petición de tal informe en un momento anterior, desde que se conocía no solo la sentencia sino el auto de posterior ejecución», señalando que «sencillamente no se ha llevado a ejecución en ninguno de sus términos».

El auto, contra el que cabe recurso de apelación, ordena a la regidora mojaquera que, en el plazo de diez días posterior a la notificación de la resolución, el pasado día 4, ingrese en la cuenta del juzgado los primeros 150 euros «con apercibimiento de que, en caso contrario, se procederá a su exacción por vía de apremio».

La obras de ampliación, que quedaron sin amparo de la licencia de obra mayor concedida por el Ayuntamiento al ser declarada nula, se realizaron en 2002 en una vivienda unifamiliar propiedad del entonces concejal en el equipo de gobierno de Garrucha, Nicolás Piñero (PSOE).

'Somos Mojácar', que concurrirá a las elecciones municipales con la edil Jessica Simpson como cabeza de lista, ha trasladado su «desacuerdo e indignación» por «las malas decisiones tomadas y la absoluta dejadez una vez más» con la que, a su juicio, dirige el Ayuntamiento Rosa María Cano.

«No sabemos muy bien por qué desobedece la ley y se expone asiduamente a hacer el ridículo con sus constantes ilegalidades aunque puede ser que en el circulo de amiguismos, encubrimientos y favores personales en el que se mueve, se vea normal no acatar sentencias judiciales por cubrirle las espaldas a algún compañero o amiguete», ha especulado.

lunes, 23 de febrero de 2015

Condenado el exalcalde y actual edil de Líjar por dar una licencia agrícola para obras de urbanización

Crescencio Molina prescindió del procedimiento legalmente establecido y comunicó el permiso a la promotora «sin firma ni rúbrica oficial y sin el informe previo del secretario municipal»


Crescencio Molina, exalcalde y tercer teniente de Alcaldía del Ayuntamiento de Líjar
EUROPA PRESS / 23·02·2015

El Juzgado de lo Penal 5 de Almería ha condenado a seis meses de cárcel y siete años de inhabilitación para empleo o cargo público al excalcalde de Líjar y actual concejal en el gobierno, Crescencio Molina, por conceder una licencia para actividades agrícolas a la mercantil Promociones City Líjar, S.L. «conociendo que iba a ejecutar una urbanización» sobre suelo calificado como no urbanizable.

Molina (PA-EP-AND), quien actualmente ostenta la tercera tenencia de Alcaldía en coalición con el PP, otorgó dicha licencia «prescindiendo del procedimiento legalmente establecido», y, además, comunicó el permiso a la promotora «sin firma ni rúbrica oficial», y «sin el informe previo del secretario municipal», según indica la sentencia.

Por esta misma causa, seguida por delitos contra la ordenación del territorio y prevaricación urbanística, han sido condenados a seis meses de prisión e inhabilitación, y a multa de 12 meses con cuota diaria de 10 euros, los tres administradores de la mercantil Promociones City Líjar, S.L.; Manuel María C.B., Evaristo S.S. y Antonio S.H., quienes deberán sufragar el coste de la demolición de las obras de urbanización que se ejecutaron en 2005.

El magistrado Manuel José Rey Bellot recoge como probado que los tres, en su condición de mancomunados, comenzaron obras de urbanización consistentes en movimientos de tierra para parcelaciones urbanísticas, explanaciones para viales y apertura de zanjas para saneamiento, agua potable y alumbrado «dentro del marco de la urbanización de viviendas que planearon llevar a cabo».

Las citadas obras se ejecutaron en unos terrenos propiedad de la mercantil, ubicados en la parcela 5 del polígono 7, en el paraje conocido como Huerta de la Higuera del municipio de Líjar y «teniendo conocimiento de que eran obras contrarias a la normativa urbanística aplicable en tal fecha y tal lugar por ser suelo no urbanizable», si bien «no se ha acreditado que tuvieran conocimiento de que estaban catalogados de especial protección del medio físico», ya que aunque ésta se remonta al año 1987 no fue publicada en BOJA hasta 2007.

La sentencia señala que lo hicieron tras obtener previamente una licencia del entonces alcalde, quien les concedió autorización para «obras de transformación agrícola para conexión de tuberías y acondicionamiento de caminos rurales» el 20 de mayo de 2005.

El documento, que figura en el registro de salida del Ayuntamiento, iba «sin firma, ni rúbrica oficial, y sin informe previo de secretario municipal» y se emitió «teniendo pleno conocimiento» Molina Sánchez de que no se adecuaban a la normativa urbanística vigente.


Relevancia notoria en un municipio no muy poblado

Remarca la sentencia que no resulta «creíble en modo alguno» la versión que dio en sala el exregidor y actual edil al asegurar que «pensaba que el permiso era para tal menester, movimientos de tierras y agrícolas», por lo que bastaba un decreto de Alcaldía, y señala que era «notorio» que la licencia era para urbanización «tratándose de un municipio no muy poblado, donde una solicitud como la expuesta es conocida al detalle por el alcalde», máxime «teniendo en cuenta cual era la relevancia de las obras».

Reprocha, en esta línea, que «teniendo en cuenta precisamente esa relevancia», no instruyese expediente para la concesión de licencia y no informase al secretario, lo que, según apunta la sentencia, «son indicios de que conocía sobradamente que en tal terreno no se podían realizar tales obras».

«A pesar de ello, conociendo que quebrantaba de forma manifiesta la normativa urbanística vigente, concedió la licencia mencionada a Promociones City Líjar al margen de publicidad de ningún tipo y sin hacerla oficial», apuntilla.

El magistrado subraya en el fallo, contra el que cabe recurso de apelación a la Audiencia Provincial de Almería, que resulta «palmariamente acreditado con un examen detallado de la inspección ocular» que los trabajos que se estaban realizando eran «los iniciales para una obra de gran envergadura» como un residencial de viviendas, y que los terrenos eran no urbanizables y, por ende, «las obras no autorizables».

Al hilo de esto, también califica de «poco creíble» que Manuel María C.B., Evaristo S.S. y Antonio S.H., con una mercantil «dedicada a la actividad inmobiliaria», no conocieran que eran «ilegales y el suelo no urbanizable», a lo que se suma que solicitaron licencia «para otra actividad pero realizando obras de construcción y no unos simples movimientos de tierras».

La sentencia aplica al dictar fallo la atenuante muy calificada de dilaciones indebidas, ya que han transcurrido seis años desde que se inició el procedimiento sin causa imputable a los acusados, y se aviene a la petición fiscal, que modificó su escrito provisional de calificación en el que interesaba para el exalcalde la pena de ocho meses de cárcel y siete años de inhabilitación, y para los promotores, penas de un año de prisión e inhabilitación por dos años, al margen de una multa de 18 meses a razón de 20 euros al día.

martes, 13 de enero de 2015

Cándido Trabalón será juzgado nuevamente en abril

En esta ocasión, el exalcalde de Zurgena habrá de responder por la concesión de licencia sobre suelo no urbanizable para 41 viviendas en Barranco de Los Pinos y Cortijo Zurano


Imagen de archivo / EP
EUROPA PRESS / 13·01·2015

El Juzgado de lo Penal número 2 de Almería ha señalado para el mes de abril la vista oral contra el exalcalde de Zurgena y actual edil de Obras Públicas, Cándido Trabalón, así como contra cinco ex integrantes de la corporación local acusados de conceder licencia para la construcción de 41 viviendas unifamiliares en varias parcelas ubicadas en los parajes Barranco de Los Pinos y Cortijo Zurano.

La diligencia de ordenación fija para los días 28, 29 y 30 de abril el juicio que se ha aplazado en hasta cuatro ocasiones. La última suspensión se dictó tras la renuncia de la defensa letrada de una de las exediles el pasado mes de noviembre.

En este caso, la Fiscalía pide para el exregidor, para su exconcejal de Urbanismo, Manuel Tijeras, y otros cuatro exconcejales penas de seis meses de prisión, multa de 14 meses a razón de 12 euros diarios e inhabilitación especial para empleo o cargo público por un periodo de siete años. A las mismas penas se enfrenta el técnico F.S.G., quien habría emitido un informe técnico favorable «a sabiendas de su injusticia».

Junto a ellos, se sientan en el banquillo los acusados los administradores de la mercantil Promociones Las Cañaicas S.L., I.G.F. y F.M.L., a quienes se imputa un presunto delito contra la ordenación del territorio ya que, además de construir 41 viviendas presuntamente «con conocimiento» de que el suelo no era urbanizable, levantaron «otras doce edificaciones sin licencia municipal alguna que las amparase», aunque éstas no están acabadas, matiza el Ministerio Público.

Interesa para ambos penas de dos años de cárcel y multa de 24 meses a razón de 30 euros al día, así como inhabilitación especial para oficio relacionado con la construcción por tiempo de dos años.

Las 41 viviendas para las que sí se concedió permiso en una sesión plenaria del Ayuntamiento de Zurgena cuando Trabalón era alcalde, con el voto favorable de los ediles acusados «pese a tener conocimiento de que conforme a la legislación vigente estaban proyectadas en suelo no urbanizable», fueron vendidas mediante contratos privados de compraventa por I.G.F. y F.M.L. a terceras personas, en su mayoría ciudadanos de origen extranjero.

El Ministerio Público prevé interesar en la vista oral la demolición de lo edificado con indemnización a cargo de los constructores para las personas que hayan celebrado contrato de compraventa en la cuantía de la cantidad pagada. En concreto, se trata de una treintena de ciudadanos extranjeros que están personados en el procedimiento como acusación particular. También va a solicitar que sean los administradores de esta mercantil con sede en Albox quienes costeen la ejecución del derribo.

En diciembre, el Juzgado de lo Penal 3 de Almería condenó a 15 meses de prisión y nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público a Trabalón, y a siete exediles de la corporación que votaron en pleno a favor de la concesión de una licencia para la construcción de ocho edificios de tres plantas y 202 viviendas, así como dos piscinas en la barriada de La Alfoquía. Consideró que lo hicieron «a sabiendas de su injusticia», señalando como dato «constatado y claro que se trataba de suelo no urbanizable» y que dieron el voto favorable pese al informe técnico en contra.

Cabe recordar que Trabalón, quien, según sostiene la dirección regional del PA, fue expulsado de sus filas en diciembre de 2012, está procesado en el llamado caso 'Costurero' contra la corrupción urbanística en el que se enfrenta a penas que suman 180 años de prisión y 1.050 años de inhabilitación para cargo público. Entre los otros 23 acusados están exediles de la corporación, funcionarios y promotores inmobiliarios. No obstante, de ser condenado por los 120 delitos que se le imputan, cumpliría como máximo nueve años de cárcel.

jueves, 18 de diciembre de 2014

La Audiencia Provincial reitera la absolución para Cándido Trabalón

El tribunal estima que el suelo sobre el que se levantaron 5 viviendas en el paraje El Cucador de Zurgena es urbano, por lo que el exalcalde no cometió delito al conceder la licencia de obras


Fotografía: Europa Press

EUROPA PRESS / 18·12·2014

La Audiencia Provincial de Almería ha reiterado el veredicto de absolución para el exalcalde del PA y actual edil de Obras Públicas, Cándido Trabalón, así como para los seis ediles de la anterior corporación que se encontraban acusados junto a éste, al estimar que el suelo sobre el que se levantaron 5 viviendas en el paraje El Cucador, en Zurgena, era urbano, por lo que no cometieron un delito de prevaricación al conceder licencia de obras en febrero de 2006.

Tal es la conclusión de la magistrada Marta Inés Sierra en la nueva sentencia dictada por esta causa, después de que la Audiencia Provincial estimase parcialmente el recurso de Fiscalía y anulase el fallo emitido en 2012, también absolutorio, para ordenar la redacción de una segunda resolución en la que se determinase «con claridad» si el suelo objeto del procedimiento «tenía o no calificación de urbanizable».

El fallo del Juzgado de lo Penal 4, indica que es un «hecho indiscutido» que el Ayuntamiento de Zurgena «carecía de planeamiento urbanístico» en el momento en el que se produjeron los hechos, y señala que, para determinar si la parcela en cuestión era o no urbana, «ha de estarse a lo dispuesto» en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

Apunta, al hilo de esto, que el paraje del Cucador tiene consideración de núcleo de población en el Anexo I de las Normas Subsidiarias (NNSS), y subraya, en contra de lo sostenido por el Ministerio Público, que es «incontrovertido» que la parcela sobre la que se construyo «está en el núcleo del anejo de El Cucador».

La magistrada alude en esta línea a que el antiguo propietario de la parcela y el agente de la Policía Autonómica que realizó la inspección ocular relataron que la misma «contaba con calles asfaltadas, suministro eléctrico, red de abastecimiento de aguas y saneamiento».

Así pues, concluye que «aún dando por cierta la tesis fiscal que dice que la parcela fue dotada de servicios con posterioridad a su compra por el promotor de las viviendas y a instancias de integrantes de la corporación», la imputación de los concejales como posibles autores de un delito contra la ordenación del territorio por, en concreto, este particular, no ha sido objeto del procedimiento.

«En la conducta tipificada en este delito, en su antigua redacción aplicable en este caso, tiene difícil encaje las labores de urbanización, dada la imposibilidad de considerar lo construido como una edificación y de apreciar la comisión del ilícito en grado de tentativa», subraya la magistrada, quien se reafirma en el pronunciamiento absolutorio que emitió en 2012 para todos los acusados.

El Juzgado de lo Penal número 4 ya absolvió a Trabalón y otros seis exediles de la corporación de diverso signo político al entender que no estaba probado el «carácter no urbanizable» de las parcelas sobre las que se levantó la promoción, ni tampoco que el regidor y los concejales otorgasen las licencias «a sabiendas» de que eran supuestamente injustas. Todos ellos se enfrentaban a penas de ocho meses de prisión y siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público

La sentencia de 2012 se pronunció en los mismos términos con respecto a los otros tres enjuiciados, el promotor de la obra, el director técnico, y un técnico municipal. Para los dos primeros, la Fiscalía llegó a interesar 24 meses de prisión e inhabilitación como presuntos autores de sendos delitos contra la ordenación del territorio.

La juez rechazó, asimismo, ordenar la demolición, con costes a cargo del promotor, de las cinco viviendas unifamiliares en situación irregular, así como que se indemnizase a las terceras personas que suscribieron un contrato de compra para los inmuebles «aun sin terminar».

viernes, 12 de diciembre de 2014

El PSOE presentará iniciativas para proteger a los propietarios de buena fe de viviendas irregulares

Según la actual redacción del artículo 319.3 del Código Penal, estos propietarios pueden sufrir la demolición de su vivienda habitual sin garantía alguna de indemnización



Protesta de la asociación de afectados AUAN
ALMERÍA HOY / 12·12·2014

El Grupo Parlamentario Socialista se ha comprometido a presentar diversas iniciativas parlamentarias para defender a los propietarios de buena fe de viviendas declaradas fuera de ordenación.

El tema ha sido abordado en una reunión mantenida este jueves por el secretario de Política Federal del PSOE, Antonio Pradas, con los portavoces de Fomento del Congreso y del Senado, la portavoz de vivienda, Leire Iglesias y la diputada Gracia Fernández.

Según la actual redacción del artículo 319.3 del Código Penal estos propietarios, que adquirieron de buena fe su vivienda a promotores que actuaron al margen de la legalidad, pueden sufrir la demolición de su vivienda habitual, pese a no tener garantizada una indemnización para adquirir o alquilar otra.

En la reunión, se acordó la presentación de una enmienda en el Senado a la reforma del Código Penal, actualmente en tramitación. Dicha enmienda consistiría en la modificación del citado artículo 319.3 en el sentido de exigir una garantía de indemnización para el propietario de buena fe, y que éste no pueda ser privado de su vivienda habitual a través de la demolición, en tanto no se garantice que va a ser indemnizado por el promotor.

La enmienda contemplará asimismo modificaciones en el artículo 4 de la Ley del Suelo, e irá acompañada de diversas proposiciones no de ley.

Para Antonio Pradas, «en ningún caso se debe ver en la calle una familia que ha comprado una casa de buena fe; deben pagar los auténticos responsables que se enriquecieron con estas actuaciones y no las personas que invirtieron sus ahorros pensando que hacían una compra legal».


Mucho camino por recorrer

Las principales asociaciones de afectados, AUAN y SOHA, han recibido con optimismo el anuncio realizado por el PSOE, y ha agradecido «la celeridad» con la que «ha actuado recientemente».

En un comunicado difundido ayer tarde, el letrado de ambas asociaciones, Gerardo Vázquez, agradecía igualmente el apoyo mostrado desde otros partidos y entidades, a la vez que solicitaba su apoyo a las propuestas anunciadas por el PSOE.

Vazquez considera que aún «queda mucho camino por recorrer» hasta solucionar el problema de las demoliciones en Andalucía, pero cree que este tipo de actuaciones «podrían llegar a significar grandes zancadas en el trayecto».

«Entendemos que si se llevasen a cabo estos cambios adecuadamente podrían ser importantes para dar más seguridad al tráfico jurídico, a los compradores de bienes inmuebles, y podrían servir para fomentar la inversión extranjera y la marca España - aparte de ser de ser de justicia material», concluía.

jueves, 4 de diciembre de 2014

Nueve años de inhabilitación para Cándido Trabalón

El exalcalde y actual edil de Obras Públicas de Zurgena ha sido condenado además, junto a 7 exconcejales, a 15 meses de prisión por la concesión de una licencia de obra para la construcción de 202 viviendas en terrenos no urbanizables



EUROPA PRESS / 04·12·2014

El Juzgado de lo Penal número 3 de Almería ha condenado a 15 meses de prisión y nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público al exalcalde de Zurgena y actual edil de Obras Públicas, Cándido Trabalón, por la concesión de la licencia de construcción de ocho edifidios de tres plantas y 202 viviendas, así como de dos piscinas, sobre suelo no urbanizable en la barriada de La Alfoquía.

En el fallo, que sentencia a idénticas penas a los siete exediles que votaron en pleno a favor de la concesión, la magistrada considera «constatado y claro que se trataba de suelo no urbanizable», y subraya que la licecia fue aprobada pese al informe técnico desfavorable; absolviendo, no obstante, a los dos administradores de la mercantil Inmuebles Promurdi y al arquitecto a quien se encargó el proyecto técnico, que no llegó a ser ejecutado debido a la intervención del Servicio de Protección a la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil.

Así, la juez estima que los promotores, J.I.J.R. y P.J.R.C, «actuaron en la creencia errónea de que el suelo era urbano y de que la edificación era autorizable, ya que la misma así había sido calificada por el Ayuntamiento, administración competente para ello»; y que la actuación del arquitecto, J.A.B.P., no puede ser enmarcarda en el tipo del delito contra la ordenación del territorio, por cuanto éste se «limitó a elaborar el proyecto de modificación sin que conste que tomase parte en la ejecución de la misma, por mucho —ahonda— que pueda calificarse de profesionalmente inadecuado el trabajo realizado».

La sentencia recoge como hecho probado que el entonces responsable de Urbanismo, Manuel Tijeras, junto a los ediles José Antonio Ramos, Aniceto López, Emilia Jiménez, Juan Morales y Josefa García —a quienes condena un por delito de prevaricación urbanística—, y el alcade, Cándido Trabalón, participaron en el pleno de 7 de octubre de 2007 en el que se aprobó esta licencia «contraria a la ley», como demuestra una sentencia de lo contencioso-administrativo a la que alude y que concluía que el suelo no podía ser considerado suelo urbano consolidado al no reunir los requisitos exigidos.

La magistrada María Soledad Balaguer considera acreditado de «forma inequívoca» que esa resolución fue dictada «a sabiendas de su injusticia», y rechaza que —tal y como sostuvieron los acusados durante el juicio— actuasen por «error» al carecer de conocimientos técnicos sobre urbanismo, y encontrarse con el «parecer discordante» de las diferentes administraciones públicas sobre este particular.

«No se discute que no tengan conocimientos técnico-jurídicos en la materia y sean legos en lo que a urbanismo se refiere, pero con saber leer los informes que obraban en el expediente administrativo y molestarse en hacerlo, bastaba, no era necesario nada más en este asunto, puesto que el informe técnico era claramente desfavorable a la concesión de la licencia», remarca.

En esta línea, señala que el informe técnico explicaba que «no se cumplía la norma en cuanto a la altura máxima ni número de plantas de la edificación», y que el informe jurídico «simplemente no decía nada y que, no escapa a la inteligencia, no quería pronunciarse ni a favor ni en contra», lo que debería «haber sido motivo de recelo por la autoridad competente que va a conceder la licencia».

Cuestiona, asimismo, duramente en su resolución que tanto el exalcalde y actual concejal de Obras Públicas, como el resto de exintegrantes de la corporación local zurgenera, asegurasen en sala que no «recordaban nada de la promoción de nada menos que 200 viviendas».

«Es totalmente inverosímil que dada la cifra total de población, 2.340 habitantes en 2005, la concesión de la licencia pasara para los responsables del Ayuntamiento como un asunto menor, teniendo en cuenta que suponía incrementar la población en un 8,39 por ciento y por tanto no es creíble que los responsables públicos, representantes de la ciudadanía, pasaran por alto los informes no favorables, uno explícitamente y otro por remisión, y votasen a favor de la concesión de la licencia sin saber que era contraria a derecho».

Recoge, al hilo de esto, que el hecho de que se llevase a pleno, como dijo Trabalón en el juicio, «para dar una mayor transparencia a las decisiones», evidencia la importancia de esta licencia «económica y demográficamente», y hace que la conclusión sea «obvia: conocían los detalles de su concesión y que el permiso era injusto y contrario a la norma».


Situaciones de facto que tratan de cubrir de legalidad

La magistrada va más allá y señala que, de la práctica de la prueba, «salta a la vista» que el Ayuntamiento de Zurgena bajo mandato de Trabalón y su mano derecha, Tijeras, estaba realizando en La Alfoquía una «consolidación urbanística de facto sin instrumento de planeamiento alguno», ya que, según subraya, previamente a que se aprobase la licencia, «se había urbanizado toda la parcela, dotándola de forma fraudulenta de todos los servicios necesarios para luego legalizar la situación vía artículo 45 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA)».

«Y es que, aunque a los responsables públicos acusados les pueda parecer injusto el urbanismo de un municipio, no es competencia exclusiva del Ayuntamiento, que debe dotarse de los instrumentos de planeamiento adecuados para cumplir la legalidad vigente, en lugar de crear situaciones de facto que luego tratan de cubrir de legalidad», manifiesta.

Cabe recordar que Trabalón argumentó de nuevo en su declaración el 30 de octubre que las varias causas abiertas contra él por la concesión de licencias en suelo no urbanizable, e impugnadas por la Junta de Andalucía, responden a «un tema político», asegurando que la parcela sobre la que se la construcción es «urbana, históricamente y según un informe técnico de la Diputación».

«Nunca hubo ningún problema desde que entré como primer teniente de alcalde en 1999, y la Junta tenía conocimiento de todo lo que hacíamos en base a las Normas Subsidiarias Provinciales. Fue de golpe y porrazo, a partir de 2005, que se nos empezó a decir que todo era ilegal y que sólo era suelo urbanizable el núcleo urbano de Zurgena», aseguró para apuntillar: «si no pueden ganarte democráticamente las elecciones, lo intentan por otro sitio».

Por último, la sentencia se pronuncia sobre las dudas arrojadas por las defensas sobre la legitimidad del acta para cuestionar si sus patrocinados asistieron o no al pleno, ya que los acusados aseguraron no recordar si habían asistido o si habían votado, aunque tampoco negaron de manera categórica que lo hicieran.

Sostiene que el hecho de que el acta no estuviera firmada por la secretaria no obvia que es «idéntica» a la copia a ordenador de la misma que sí firmó el entonces alcalde, «siendo un hecho incuestionable que el permiso de obras se concedió, que los acusados asistieron al pleno y que votaron a favor ya que ni siquiera lo niegan expresamente», concluye.

Trabalón, quien fue expulsado del PA en diciembre de 2012, está procesado en el llamado caso 'Costurero' contra la corrupción urbanística, en el que se enfrenta a penas que suman 180 años de prisión y 1.050 años de inhabilitación para cargo público. Entre los otros 23 acusados por este caso, se encuentran exediles de la corporación, funcionarios y promotores inmobiliarios. No obstante, de ser condenado por los 120 delitos que se le imputan, cumpliría como máximo nueve años de cárcel.

En los dos procedimientos en los que ya se ha celebrado juicio, en uno se dictó absolución, aunque la Audiencia Provincial la ha anulado y ha pedido al juzgado de lo Penal que dicte una nueva sentencia especificando la calificación del suelo; mientras que en el segundo se condenó al exregidor y resto de concejales a penas idénticas a las de esta causa, si bien la sentencia fue revocada en segunda instancia y se dictó absolución.

Condenado a 21 meses de prisión el alcalde de Fines por construir sin licencia en un terreno no urbanizable

Rodrigo Sánchez, junto al que ha sido condenado también su hermano, Francisco Sánchez, ignoró además la orden de paralización


Francisco y Rodrigo Sánchez, por orden de proximidad, durante el juicio
EUROPA PRESS / 04•12•2014

El Juzgado de lo Penal 5 de Almería ha condenado a 21 meses de prisión al alcalde de Fines, Rodrigo Sánchez (PP), y a su hermano, Francisco Sánchez, por realizar obras de desmonte y roturado «sin autorización» y desobedeciendo una «orden expresa de paralización», así como por construir «sin licencia» y sobre suelo no urbanizable un edificio anexo a una vivienda y una piscina; todo ello, en una finca propiedad de ambos.

El magistrado Manuel José Rey Bellot estima probado que los hermanos Sánchez eran «conocedores» de que lo ejecutado no era autorizable, y considera acreditado, asimismo, que mostraron «una conducta obstativa y rebelde al incumplir de forma palmaria la prohibición impuesta», una «contravención» que califica de «grave» dada la entidad de las obras y las circunstancias del caso.

El fallo impone a Rodrigo Sánchez y a su hermano sendas penas de un año de cárcel como presuntos autores de un delito contra la ordenación del territorio, y de nueve meses de prisión por desobediencia, con la atenuante de dilaciones indebidas al apreciar una tramitación «muy lenta y muy dilatada teniendo en cuenta las diligencias practicadas» en el marco de una causa que fue incoada en septiembre de 2007.

Dispone, asimismo, el magistrado en su sentencia, contra la que cabe apelación a la Audiencia Provincial, que ambos deberán responder económicamente de forma solidaria de los costes de la demolición de la edificación ilegal, y que deberán abonar una multa de 15 meses a razón de 10 euros al día. Establece en 21 meses la inhabilitación para empleo u oficio relacionado con la construcción.

La resolución recoge como probado que el regidor y su hermano, como propietarios de una finca en el paraje conocido como Los Llanos, comenzaron a ejecutar en agosto de 2005 trabajos de rellenado y desmonte en terreno forestal «con taponamiento del cauce de las vertientes», y sabiendo ambos de la «necesidad» de obtener la preceptiva autorización administrativa «para tal menester, la cual no obtuvieron».

La obra, realizada «por medio de empleados de la mercantil Servicios Agrícolas y Forestales del Almanzora, S.L., de la que era administrador» Rodrigo Sánchez, fue objeto de «paralización inmediata» al no contar con autorización, en virtud de un expediente incoado por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Almería en marzo de 2006, y tras denuncia de agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil.

La resolución de paralización de las obras le fue «notificada» a Francisco Sánchez, si bien el juez estima que su hermano «tenía también conocimiento» de tal prohibición y requerimiento, «hasta el punto tal de que al entrevistarse con los agentes les contó que sabía de la sanción y que realizaba la obra a traves de empleados de una mercantil suya pensando que por la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) era posible».


El alcalde señaló a su hermano en el juicio

Cabe recordar que el regidor aseguró en la vista oral celebrada el 28 de octubre que no conocía la orden de paralización, y que había sido su hermano quien había hecho las obras, unas aseveraciones que el juez afirma que «no son creíbles en modo alguno», ya que contradice lo que aseguró el edil en la fase de instrucción, y dado que la obra se hizo con «empleados de la mercantil de su propiedad».

«A pesar de no constar documentalmente la notificación de la sanción y de la prohibición de obras a Rodrigo Sánchez existen indicios bastantes suficientes», traslada para remarcar que continuaron con las obras una vez paralizadas «teniendo cabal conocimiento de que con tal conducta incumplían la orden dada por el órgano competente dentro del procedimiento legalmente establecido y con conocimiento de las consecuencias legales de tal conducta».

Así, la propuesta de resolución del expediente fue comunicada al hermano del regidor en septiembre de 2006; y la sanción y prohibición de realizar las obras, en noviembre; pese a lo cual ambos, «con manifiesto desprecio por la orden», continuaron las obras. Esto fue descubierto por la Guardia Civil en 2007, que observó in situ la ejecución, y que «al comunicar con los acusados, estos les comunicaron el conocimiento de la sanción y la prohibición».

La sentencia recoge además como probado que, en fecha posterior a agosto de 2005, Rodrigo y Francisco Sánchez procedieron a levantar una edificación anexa a una vivienda antigua ya existente en la misma finca con almacén de aperos agrícolas, y a construir una piscina «sin haber obtenido licencia municipal previa y sin que pudieran ser autorizadas por contravenir la normativa urbanística aplicable».

Para el magistrado Rey Bellot, ambos acusados «tenían conocimiento» de la clasificación del suelo como terreno no urbanizable común, y de la «imposibilidad legal» de obtener autorización para realizar las obras, y alude a que el propio Ayuntamiento «certifica» que las licencias «podrían concederse»; así como a la pericial «sumamente convincente, exhaustiva e ilustrativa» que se practicó en juicio.

«Resulta probado que las obras las realizaron ambos pues, más allá de sus declaraciones, el hecho de ser dueños del terreno, de que cuando giró visita la Guardia Civil estuvieran en tal terreno empleados de la mercantil de Rodrigo Sánchez, o, en fin, que no negaran la existencia de las mismas, son todas circunstancias que permiten concluir que realizaron las obras con conocimiento de la falta de licencia, que pidieron y no les fue concedida, por lo que sabían que se requería autorización al respecto y de ahí que conocieran que construían ilegalmente tales edificaciones», concluye.

lunes, 1 de diciembre de 2014

El Ayuntamiento de Almería vota hoy la aprobación provisional el PGOU

La nueva norma urbanística prevé la ampliación del suelo edificable en 500 hectáreas, 300 de las cuales estarán destinadas a uso industrial




EUROPA PRESS / 01·12·2014

La corporación local de la capital almeriense debate este lunes el Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU), que según ha indicado el equipo de gobierno del PP «aporta soluciones» a las «grandes necesidades de la ciudad» y mejora su dotación de suelo industrial y espacios libres.

El documento ha sido dictaminado favorablemente este miércoles en Comisión Plenaria de Economía y Territorio, con la abstención de PSOE e IU.

La nueva norma urbanística, según el concejal de Urbanismo, Pablo Venzal, pone a disposición de la ciudad una «importante cantidad de suelo industrial, hasta ahora agotado», supondrá, a su juicio, «la creación de empleo y riqueza para la ciudad».

En concreto, apuesta por una mayor dotación de la ciudad en cuanto a suelos terciarios e industriales, «favorecidos por buenas comunicaciones, que eviten la marcha de actividades productiva del término municipal», explica Venzal. Estas expectativas se concentran en la Corona Norte, en el kilómetro 21, en entrono del PITA y el corredor de la antigua Nacional 344.

Respecto a las previsiones de crecimiento poblacional y su reflejo en el número de nuevas viviendas, el equipo de gobierno defiende que son «moderadas y responsables previsiones que recoge». A las 20.000 viviendas aún por desarrollar, el PGOU en su revisión suma 5.000 viviendas, principalmente situadas en la Corona Norte.

Las previsiones en cuanto a crecimiento en suelo residencial se han moderado, por debajo de los límites que establece el POTA, y que se ha estimado en esas 5.000 viviendas referidas, apunta Venzal

Otra de las claves del nuevo PGOU sería la «solución» que el documento viene a ofrecer respecto a problemas históricos de la ciudad, que afectan fundamentalmente a la ciudad consolidada, pero también la puesta en carga de nuevos suelos productivos.

En este sentido, de las 500 nuevas hectáreas que se pondrán «sólo 100 se destinan a vivienda». «El 80 por ciento del suelo que pone en carga este Plan General será destinado a uso industrial, 300 hectáreas, y otras 100 a terciario, lo que sin duda supone una apuesta por el desarrollo económico de la ciudad y la creación de empleo y que debe redundar en la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos que aquí residen o puedan residir en un futuro», asegura el edil.

En el nuevo PGOU se pasa, asimismo, de los 14,52 metros cuadrados de espacios libres existentes a 15,48. En cuanto a los equipamientos culturales y deportivos, el ratio seguirá creciendo de 18,93 metros cuadrados hasta los 29,22 metros cuadrados que se proponen en el plan, «lo que supone sin duda un mayor equipamiento para la ciudad».

Respecto a los desarrollos inicialmente contemplados en la llamada Corona Norte, el PGOU, en respuesta a las peticiones de la Consejería de Medio Ambiente y a las peticiones que se han venido formulando desde diferentes sectores respecto al futuro de La Molineta, la zona situada a una cota superior al Canal de San Indalecio se ha incluido como suelo urbanizable no sectorizado con destino a espacios libres, respetándose las vías pecuarias de forma que se integran y forman parte de los espacios libres que contiene ese espacio.

«La propuesta municipal para el futuro parque de La Molineta, en contra de lo que han manifestado algunos colectivos, es finalmente una propuesta de máximos. Sobre una superficie total de aproximadamente 200 hectáreas que engloba la Corona Norte se ha reservado más de la mitad del espacio para la creación de un futuro parque que responda a las necesidades de toda la ciudad», recalca.


PSOE e IU

Para el grupo municipal del PSOE, las modificaciones introducidas en el documento inicial del nuevo Plan General a instancias de la Junta de Andalucía son «positivas» y «respetarán las vías pecuarias de la Corona norte para integrarse y formar parte de los espacios libres, donde se incluye todo lo correspondiente a la denominada 'Puerta Verde' del Cordel de la Campita».

Por otra parte, según remarca, «toda la zona a una cota superior al Canal de San Indalecio quedará incluida como suelo urbanizable no sectorizado. Se convertirá, por tanto, en espacios libres con una superficie superior a las 55 hectáreas programadas inicialmente».

No obstante, su portavoz, Joaquín Jiménez, critica que el recorrido del nuevo plan y ha resaltado que en 2005 se aprobó el avance, y «dos años después se aprueba inicialmente en pleno pero tardan otros seis años en someter a aprobación provisional el documento, que vuelve a finales de 2014 a pleno atendiendo a las subsanaciones de todas las administraciones implicadas».

«Si hubiéramos adaptado el Plan del 98 en vigor a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), nos habríamos ahorrado el gasto precipitado de 2,5 millones de euros por el borrador que se encargó a una consultora externa, no hubiéramos perdido más de diez años y, lo que es más importante, podríamos haber consensuado los futuros desarrollos de la ciudad», señala.

El grupo municipal de IU, por su parte, celebra que «la presión social y política» haya hecho «desaparecer las bolsas de suelo urbanizable proyectadas por el PP en la anterior redacción bajo el llamativo nombre urbanístico de Corona Norte».

«El aumento de las hectáreas supone una buena noticia; sin embargo, nos preocupan elementos que rompen la conexión del futuro parque con la trama urbana, como por ejemplo, una pastilla destinada a suelo residencial que puede entorpecer el acceso», explica el portavoz Rafael Esteban.

Para IU, es «inaplazable» el diseño de La Molineta, ya que «tiene el privilegio de contar con uno de los espacios de mayor valor paisajístico y etnográfico del municipio, por tanto, el ayuntamiento no debe postergar más su puesta en valor. Por ello consideramos que el diseño del parque puede empezar ya. Además, su coste nunca alcanzaría otros proyectos del PP tan costosos e innecesarios como el decorativo de la entrada de Pescadería, y se repartirían las inversiones en otras zonas de la ciudad, olvidadas durante años».

viernes, 21 de noviembre de 2014

El juez ordena al Ayuntamiento de Zurgena que tramite la revisión de las licencias de 172 viviendas

Edificadas en la barrida de Los Llanos del Peral por las empresas New Medina Villas, Almeria States S.L. y Procosona S.L.




EUROPA PRESS / 21·11·2014

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Almería ha ordenado a Ayuntamiento de Zurgena que tramite la revisión de oficio de 49 licencias aprobadas entre 2004 y 2006 para la construcción de unas 172 viviendas en el paraje de Los Llanos del Peral.

Buena parte de estas edificaciones están inmersas en el denominado caso Costurero, en el que se encuentran acusados el exacalde y actual edil de Obras Públicas, Cándido Trabalón (PA), así como la mayoría de la anterior corporación por presunta corrupción urbanística, además de funcionarios, técnicos, promotores y constructores.

La sentencia, de fecha 30 de octubre, estima parcialmente, no obstante, el recurso interpuesto por la Junta de Andalucía, ya que rechaza declarar directamente nulos los 49 permisos municipales concedidos a las empresas promotoras y constructoras New Medina Villas, Almeria States S.L. y Procosona S.L.; así como a Hermanos Mena S.C.A. y a varios particulares, tal y como solicitaba la Administración autonómica.

La Junta de Andalucía impugnó en junio de 2006 —un año antes de que la Guardia Civil llevase a cabo la operación Costurero— la desestimación por silencio administrativo que hizo el Consistorio a su requerimiento para que procediese a revisar de oficio los acuerdos adoptados en nueve sesiones plenarias, y por los que se concedían un total de 49 licencias para la construcción de viviendas unifamiliares en el paraje de Los Llanos del Peral.

El magistrado Tomás Cobo concluye en su sentencia que el Ayuntamiento debe dar trámite a la solicitud de revisión de oficio de estos acuerdos, si bien deja a criterio del Consistorio declarar la improcedencia de dicho trámite, o recurrir a un informe del Consejo Consultivo para determinar la existencia o no de vicio de nulidad en la concesión de las licencias.

«Si considera que existen indicios razonables de que los actos impugnados de otorgamiento de la licencia, firmes, pueden adolecer de nulidad radical, debe instruir el correspondiente procedimiento de revisión», señala el escrito, que recoge que la prueba de la «ilegalidad de las licencias se deberá llevar a cabo en dicho procedimiento».

Desde la asociación Abusos Urbanísticos Almanzora-NO (AUAN), que agrupa a propietarios de viviendas fueras de ordenación en la provincia —mayoritariamente, británicos—, han indicado que las 49 licencias a las que afecta esta resolución, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), afectan a unas 172 viviendas, de las cuales «unas 60 fueron vendidas y están o han estado habitadas, ya que algunas han cambiado de manos en estos años».

Algunas de estas viviendas unifamiliares, recuerdan desde AUAN, además de están inmersas en el caso Costurero, son objeto de «otro procedimiento penal» contra la anterior corporación zurgenera y la promotora New Medina Villas S.L. «En este caso, las edificaciones no se concluyeron porque se ordenó la paralización de la obra por vía judicial», han explicado.

La asociación ha lamentado lo que consideran un «nuevo ejemplo de inseguridad jurídica que genera muchísima incertidumbre en los afectados».

miércoles, 19 de noviembre de 2014

Se consuma el derribo de las viviendas de dos familias británicas

El Seprona ya denunció en 2003 la situación irregular de las edificaciones y, pese a ello, se construyeron y se pusieron a la venta


Las viviendas ya estaban totalmente desmanteladas en el momento de su demolición. Foto: Almería Hoy
C. GARCÍA MELLADO/EUROPA PRESS / 19·11·2014

Polvo y cascotes es lo que ha quedado tras el derribo de las viviendas ilegales propiedad de dos familias británicas construidas en el paraje Las Terreras de Cantoria. La acción de las máquinas retroexcavadoras llega tras un proceso largo cargado de irregularidades y despropósitos. Todo se inició en 2003, cuando el Seprona denunció la condición ilegal de los inmuebles por ubicarse en terrenos rústicos no urbanizables. Un hecho que ni el entonces alcalde, ni el constructor tomaron en cuenta para la paralización de las obras que, si bien contaban con expedientes sancionadores abiertos, fueron terminadas en 2004 y después vendidas a compradores de buena fe. Este martes el episodio terminó con dos familias sin vivienda y a la espera de cobrar una compensación económica prometida y que no llega.

Las máquinas comenzaron los trabajos al mediodía del martes bajo la mirada de políticos, medios de comunicación y ciudadanos contrarios a la decisión de la Audiencia Provincial. En el momento del derribo, los inmuebles no estaban habitados. «No contaban con enseres domésticos, estaban completamente desmantelados, sin puertas, sin ventanas y sin instalaciones», según explicaron desde la dirección del proyecto de demolición. Las casas obtuvieron en su día agua y luz por mediación del ex alcalde de Cantoria «otra irregularidad más», según las mismas fuentes, puesto que las edificaciones se hicieron en terreno rústico no urbanizable, «sin proyecto y con una calidad pésima en sus materiales».

Las mismas fuentes apuntaron que las viviendas se podrían haber legalizado amparándose en la reforma de la LOUA, si bien cuestionaron la impunidad de la que pueden beneficiarse aquellos, políticos y constructores, que han cometido delitos urbanísticos. «A un niño que se porta mal, se le avisa de que no lo haga. Si repite ese comportamiento, qué hacemos al final, le castigamos, o le damos la palmadita y lo dejamos pasar».

Cabe recordar que la demolición de estas viviendas forma parte del tenor de la sentencia de mayo de 2012 que condenó al ex alcalde de Cantoria, Pedro Llamas, a dos años de cárcel y 23 meses de inhabilitación por falsedad en documento público «con sello oficial» del Ayuntamiento remitido a la Policía Autonómica en el que negaba haber dado autorización para el suministro de luz y agua a esta promoción de cuatro viviendas construidas en suelo no urbanizable y también condenado por omisión del deber de perseguir delito, por no denunciar estas edificaciones ni incoar ningún expediente sancionador ni de restauración de la legalidad. También se impuso pena al promotor, al que se declaró responsable civil.

El derribo concluyó sin incidentes, a pesar de que hasta el lugar se desplazaron numerosas personas pro legalización. «No ha habido incidentes, a pesar de que esperábamos cierta hostilidad, nadie ha opuesto resistencia y no ha habido violencia alguna contra los trabajadores», explicaron desde la empresa encargada de la demolición.

Por su parte, el abogado de los perjudicados pidió a la Audiencia Provincial la paralización del derribo por «razones humanitarias», ya que ninguno de los propietarios ha percibido la indemnización fijada por vía judicial en más de 789.000 euros por ser compradores de buena fe.

Asimismo, la portavoz de la asociación «Abusos Urbanísticos Almanzora-No» (AUAN), que agrupa a la mayoría de los dueños de las 13.000 viviendas fuera de ordenación que se contabilizan en la provincia almeriense, Maura Hillen, calificó la jornada como «de vergüenza para el Estado español» que, según remarcó, «permite el derribo de la propiedad de ciudadanos que compraron de buena fe y que no han recibido aún indemnización».

Hillen aseguró que la medida ha generado «miedo y mucha incertidumbre» en los socios de AUAN inmersos como terceros perjudicados en procedimientos penales por delitos contra la ordenación del territorio y ha criticado que en el ámbito político «se nos dé esperanzas para luego proceder así». «No necesitamos más promesas de los gobiernos sino que necesitamos un cambio en el Código Penal para garantizar que no se demuele si el perjudicado no ha recibido la indemnización», ha remarcado.

Según explicó a Europa Press el asesor legal de AUAN, Gerardo Vázquez, la jornada se desarrolló en un contexto de tranquilidad ya que desde la asociación han decidido «no manifestarnos más y actuar para pedir realidades» y subrayó el apoyo de la Mancomunidad de Municipios del Almanzora que, con su presidente, Ramón Salas, leyó un manifiesto dirigido a la Junta de Andalucía en el que destacaban que «este no es el camino» y abogaban «por el respeto a los derechos humanos».

Vázquez, quien definió como «un clamor social» la repercusión que las demoliciones están teniendo en el Valle del Almanzora y en el Reino Unido, de donde proceden la mayoría de los afectados, reclamó que se «resuelva el problema de una vez sin medias tintas» y advertió del «goteo de demoliciones y desprestigio para España como lugar seguro para invertir» si no se adoptan «soluciones radicales».


Demolición prevista en 2013

El derribo de estas edificaciones fue paralizado por el Ayuntamiento de Cantoria en octubre de 2013 después de que sí se llevase a cabo la demolición de otras dos, levantadas en el mismo tiempo y por idéntico promotor en la parcela colindante, en cumplimiento de esta misma sentencia, que condenaba al constructor a indemnizar a los compradores de buena fe.

Para paralizar e incoar a un expediente administrativo sancionador contra la Junta de Andalucía por la demolición de estas otras dos edificaciones el Consistorio alegó que no constaba la existencia de un «documento técnico de derribo» que «garantizase la seguridad tanto de operarios como transeúntes» ni una «declaración de innecesariedad de licencia» municipal para esta actuación. La orden se revocó tres semanas después cuando la Junta llevó a la Fiscalía la actuación municipal.

Una vez la sentencia ejecutada este martes devino en firme, se fijó la responsabilidad civil en 789.000 euros pero, que desde ese momento de la ejecución del fallo, «no se ha producido ningún movimiento ni se ha consignado ninguna cantidad», según indicó a Europa Press el abogado de los afectados, Alejandro Navarro.

Al hilo de esto, indicó que la situación de sus patrocinados ante la demolición de sus propiedades es en la actualidad «delicada» ya que las circunstancias apuntan a que es «complicado que puedan cobrar» ya que, según explicó, la sentencia solo señala como responsable civil al constructor, quien fue condenado como autor de un delito contra la ordenación del territorio a 11 meses de cárcel e inhabilitación especial para profesión u oficio de promotor por otros seis meses.


Los compradores desconocían la situación de ilegalidad

Las dos viviendas unifamiliares, según remarcó en mayo de 2012 el tribunal de la Sección Segunda, fueron vendidas, mediante contrato privado que fue elevado a escritura pública, a residentes ingleses «que desconocían cual era la situación» de dichos inmuebles, construidos sin licencia municipal de obras sobre suelo no urbanizable.

La notificación de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería andaluza de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio comunicaba que la demolición daba cumplimiento a una providencia de 2 de julio de 2014 de la Audiencia que «interesa de forma expresa» que se «proceda a ejecutar la demolición, o en su defecto, comunique al tribunal las causas que lo impiden».

Por su parte, la consejera andaluza de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, María Jesús Serrano, en una reciente visita a Almería señaló que no «había otra acción que poder hacer» en referencia a estas dos demoliciones y remarcó que la Junta, quien dio inicio al procedimiento penal, tiene que hacer «cumplir la sentencia, nos guste más o menos».


Reacciones políticas

El secretario general del PSOE de Almería, José Luis Sánchez Teruel, manifestó este martes que su partido impulsará una proposición no de ley que llevará al Congreso y a la Cámara andaluza para instar al Gobierno un cambio normativo que impida el derribo de viviendas ilegales hasta que los propietarios de las mismas, demostrados compradores de buena fe ajenos a su construcción, no sean indemnizados.

Según Teruel, a través de un cambio en el Código Penal se daría respuesta a lo que los afectados «han venido reclamando y con los que compartimos su posición», en cuanto a que «no se pueda llevar a cabo una demolición si antes no se ha dado al tercero de buena fe que adquirió la vivienda, y que tiene que acatar la demolición, la indemnización que le corresponde».

Reiteró que «todos tenemos deberes y responsabilidades» por lo que «el Gobierno de la Junta está cumpliendo con su deber con la modificación de la LOUA» para evitar más casos como estos, si bien en las viviendas afectadas con proceso judicial en marcha «la modificación normativa en el ámbito estatal sería solución magnífica» ante una «absoluta injusticia social».

Por otro lado, el vicepresidente de la Diputación Provincial y secretario general del PP de Almería, Javier Aureliano García, señaló el «perjuicio» que puede crearse para «cualquier inversor o persona interesada en comprar» en Almería, «donde siempre se tiran las casas» cuando existen «13.000 en situación irregular frente a las 300.000 en toda Andalucía». García, consideró que «la imagen dada no beneficia desde luego los intereses de la provincia». «No me gusta que seamos otra vez portada de periódicos internacionales por la inseguridad jurídica generada», concluyó.

sábado, 8 de noviembre de 2014

El Ayuntamiento inicia el desescombro y limpieza de un solar 'abandonado' por la Junta de Andalucía

Y el concejal de Urbanismo aprovecha para criticar insistentemente a la Administración autonómica


Concejal de Urbanismo con excavadora y camión de fondo
ALMERÍA HOY / 08·11·2014

El Ayuntamiento de Almería ha iniciado los trabajos de de demolición, limpieza y adecentamiento del solar situado entre la calle Barranco y la calle Copo, en el barrio de La Chanca, debido a su estado de deterioro e insalubridad. Un estado que, según el concejal de Urbanismo, Pablo Venzal, surge «como consecuencia de la actuación iniciada sobre este terreno por la Junta y que, sin embargo, no fue culminada y que ha derivado en un litigio entre los propietarios de ese suelo y la administración autonómica». La actuación «viene derivada por la inacción de la Junta de Andalucía, a través, antes, de la Empresa Pública del Suelo de Andalucía, hoy Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), gestionada por IU, acometiendo en su día el derribo de algunos de los inmuebles de esta zona y olvidándose de realizar una actuación integral que mejorara el entorno», ha insistido Venzal en un comunicado de prensa en el que ha dedicado más espacio ha criticar a la Junta de Andalucía que a explicar la naturaleza de los trabajos.

El incumplimiento de la Junta, reitera el concejal en el escrito, ha propiciado «que la zona presente un estado indecente, con restos de escombros de antiguas viviendas que surgieron de forma espontánea a los que se han ido uniendo otro tipo de residuos que hacen del entorno un lugar desagradable. Por razones de salubridad, el Ayuntamiento ha tenido de nuevo que actuar y tapar, una vez más, las vergüenzas a la Junta de Andalucía y a la coalición social-comunista que la sustenta, tan preocupados como dicen que están, con la situación de este y otros barrios».

Los trabajos, consistentes en el desescombro, limpieza y ataludamiento de un solar de 4.985 m2, cuentan con un presupuesto de 22.000 euros y un plazo de ejecución de un mes.

El edil también ha elogiado «el nuevo escenario que quedará tras esta actuación municipal en la zona de Barranco Crepi, sobre un solar sin uso que, con estos trabajos, viene a mejorar la imagen degradada que presentan los alrededores del conjunto monumental de La Alcazaba». Deterioro que, en su opinión, «en la mayor parte de los casos es imputable al incumplimiento de la Junta de Andalucía sobre esta zona».

Antes de finalizar, el popular ha vuelto a recordar que el Ayuntamiento aborda los trabajos debido a «la inacción y dejadez de la administración autonómica».

miércoles, 5 de noviembre de 2014

La Junta anuncia la demolición de dos viviendas en Cantoria

Las casas fueron compradas por dos familias británicas «que desconocían cual era la situación» de las mismas


Derribo de la vivienda de la familia Prior, en enero de 2008 (Vera). Imagen: Actualidad Almanzora
ALMERÍA HOY / 05•11•2014

La Junta de Andalucía ha anunciado el derribo de dos viviendas unifamiliares en el paraje Las Terreras, en Cantoria. Dichas viviendas, propiedad de ciudadanos británicos, fueron construidas sobre suelo considerado no urbanizable, y serán demolidas el próximo día 18 en ejecución de una sentencia —por la que se inhabilitó y obligó a dejar el cargo al anterior alcalde, Pedro Llamas— de la Audiencia Provincial de Almería.

Se trata de las dos edificaciones cuyo derribo ya fue paralizado por el Ayuntamiento de Cantoria en octubre de 2013, después de que, en cumplimiento de la misma sentencia, se tirasen abajo otras dos viviendas colindantes a éstas, y que habían sido construidas por el mismo promotor.

La notificación remitida al Ayuntamiento de Cantoria fija para el día 18, a las 12:00 horas, la demolición de los inmuebles, cuyo coste correrá a cargo del promotor, también condenado, y cita al Consistorio a una reunión previa para coordinar la actuación.

Las dos viviendas unifamiliares, según subrayó en su sentencia de mayo de 2012 la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, fueron vendidas a familias inglesas «que desconocían cual era la situación» de dichos inmuebles.

En la notificación, la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio comunica que da cumplimiento a una providencia de 2 de julio de 2014 de la Audiencia que «interesa de forma expresa» que se «proceda a ejecutar la demolición, o en su defecto, comunique al tribunal las causas que lo impiden».

Cabe recordar que en 2013 el Ayuntamiento paralizó el derribo y resolvió que se incoara un expediente administrativo sancionador contra la Junta de Andalucía por la demolición de las otras dos edificaciones, alegando que no constaba la existencia de un «documento técnico de derribo» que garantizase «la seguridad» de operarios y transeúntes, ni una «declaración de innecesariedad de licencia» municipal para esta actuación.

La Junta de Andalucía había ejecutado subsidiariamente el derribo de dos de las cuatro casas tras comunicar un plazo de dos meses a sus propietarios en el que podían retirar sus enseres y pertenencias.

Las demoliciones provocaron entonces la movilización de la Asociación Abusos Urbanísticos Almanzora No (AUAN), que agrupa a familias cuyas viviendas fueron construidas fuera de ordenación; y la Diputación Provincial de Almería alertó de la preocupación manifestada por los turoperadores ante el deterioro de la imagen de Almería como destino de turismo residencial.

Como resultado del proceso judicial, el exalcalde de Cantoria fue condenado a dos años de cárcel y 23 meses de inhabilitación para empleo o cargo público por faltar a la verdad en un escrito «con sello oficial» del Ayuntamiento remitido a la Policía Autonómica, en el que negaba haber dado autorización para el suministro de luz y agua a esta promoción de cuatro viviendas construidas en no urbanizable, así como por no haber denunciado estas edificaciones, ni incoado expediente sancionador o de restauración de la legalidad.







miércoles, 29 de octubre de 2014

Nuevo juicio contra Cándido Trabalón

El exalcalde se enfrenta a penas de 21 meses de prisión y nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público por la concesión, en octubre de 2005, de una licencia de obra para la construcción de 202 viviendas en suelo no urbanizable


Cándido Trabalón (en 4º lugar, mirando al frente), durante uno de los procesos anteriores
EUROPA PRESS / 30·10·2014

El exalcalde de Zurgena y actual edil de Obras y Servicios, Cándido Trabalón (PA), se enfrenta este jueves a un nuevo juicio por delito urbanístico, originado esta vez por la concesión de licencia de obra para la construcción de 202 viviendas —agrupadas en 8 edificios— y dos piscinas sobre suelo no urbanizable.

Trabalón, para el que el fiscal va a solicitar penas de 21 meses de prisión y nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público, compartirá banquillo en el Juzgado de lo Penal número 3 con siete exconcejales de la corporación —de diverso signo político—, el promotor del residencial y el arquitecto redactor del proyecto.

El escrito de acusación recoge que J.I.J.R., en calidad de apoderado de la mercantil Inmuebles Promurdi S.L., decidió construir 202 viviendas en la parcela 168 del Polígono 16 de la pedanía zurgenera de La Alfoquía, «con conocimiento de que el suelo era no urbanizable y que no eran autorizables conforme a la legislación en materia urbanística».

Así, habría encargado al arquitecto J.L.L. la redacción del proyecto, encargo que realizó y que contemplaba ocho edificios de tres plantas, con una altura de 8,87 metros, «con conocimiento de que el suelo no era urbanizable y que las viviendas no eran autorizables» y, además, de que «conforme a la legislación urbanística la altura del inmueble no podía superar los siete metros ni las dos plantas».

Según indica el Ministerio Público, la mercantil solicitó al Ayuntamiento la licencia de obras el 22 de junio de 2005. En el expediente administrativo se emitieron los preceptivos informes jurídico y técnico. El primero «no era ni favorable ni desfavorable» a la licencia, pues se limitaba a señalar que «debían ser los servicios técnicos los que determinaran si era adecuado a la normativa urbanística».

El segundo informe, tal y como añade el fiscal, no era favorable a la edificación, y advertía de que el proyecto «incumplía la normativa que solo autorizada planta baja y primera con una altura máxima de siete metros».

Pese a ello, el 7 de octubre de 2005, Cándido Trabalón, en calidad de alcalde, y siete ediles de la corporación local votaron en pleno a favor de la concesión de la licencia, siento «todos ellos» «conocedores» de las circunstancias en que se concedía.

El fiscal imputa a J.I.J.R. y J.L.L. sendos delitos contra la ordenación del territorio en grado de tentativa, ya que aunque la mercantil allanó el terreno e instaló farolas y una caseta prefabricada donde ofrecía a la venta las futuras viviendas, no se llegó a iniciar la construcción de ninguno de los edificios debido a que la Guardia Civil levantó atestado en abril de 2007, incoándose diligencias previas un mes más tarde.

En el caso de los exediles acusados de presunta prevaricación, entre los que figura el entonces concejal de Urbanismo, Manuel Tijeras, interesa también penas de 21 meses de prisión y nueve años de inhabilitación, mientras que para el promotor y el arquitecto solicita cuatro meses de cárcel, multa de ocho meses a razón de 12 euros al día, e inhabilitación especial por un periodo de cuatro meses.


No procedía la acumulación de causas

La vista oral de este procedimiento ya fue aplazada en marzo de 2013, después de que el titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Almería acordase remitir al juzgado instructor la causa para que resolviese si procedía acumularla junto con el resto de procesos penales en los que está imputado Trabalón por presuntos delitos de prevaricación, y estimase así la cuestión previa planteada por las defensas.

En concreto, se pedía su acumulación al llamado caso «Costurero», en el que Trabalón se enfrenta a penas que ascienden a 180 años de prisión y 1.050 años de inhabilitación para cargo público.

De los dos procedimientos celebrados hasta la fecha, en uno se dicto la absolución, siendo posteriormente anulada la sentencia por la Audiencia Provincial, que ha pedido al juzgado de lo penal que se manifieste nuevamente resolviendo sobre la calificación del suelo; mientras que en el otro se condenó al exregidor y a los concejales a penas de 21 meses de prisión y nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público, si bien la sentencia fue revocada en segunda instancia, dictándose finalmente la absolución.

El alcalde de Fines señala a su hermano y niega que conociese las obras en su finca o su paralización

Reconoce que tramitó la licencia a posteriori, pero asegura haberlo hecho a petición de su hermano, «por comodidad», ya que él iba «todos los días» al Ayuntamiento


Francisco y Rodrigo Sánchez, por orden de proximidad, durante la vista de hoy
EUROPA PRESS / 28·10·2014

El alcalde de Fines, Rodrigo Sánchez (PP), ha negado este martes que encargase en agosto de 2005 la construcción de una «nave» y de una piscina en la finca de la que era copropietario en el paraje Los Llanos, y ha señalado a su hermano como la persona que decidió acometer la obra.

Al tiempo, y tras reconocer que se ejecutaron «sin licencia municipal», ha indicado que tuvo conocimiento «a posteriori» de la orden de paralización de la Junta de Andalucía y de la denuncia que, en 2007, interpuso el Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil al comprobar que se estaba roturando el terreno.

«Es mi hermano quien vive allí y quien se encarga de los trabajos agrícolas. Yo no las hice porque voy muy poco y cuando subí ya estaban prácticamente acabadas», ha declarado Sánchez a preguntas del fiscal en la vista oral celebrada en el Juzgado de lo Penal número 5, en el que se enfrenta, junto a su hermano, a un proceso por la presunta comisión de delitos de desobediencia y contra la ordenación del territorio.

El regidor ha asegurado que fue él quien, en agosto de 2005, «al ver lo que estaba haciendo», le sugirió que tenía que proceder a «regularizar» ambas construcciones, y ha explicado que solicitó la licencia en el Ayuntamiento «porque como yo soy alcalde y voy todos los días al Ayuntamiento, mi hermano me lo pidió por comodidad».

Sánchez, quien ha declinado responder a las preguntas de la acusación particular, ha remarcado que la piscina no solo tiene uso recreativo «sino que se aprovecha también para regar los jardines», y que en 2008 vendió su parte de la finca a una empresa patrimonial de su hermano; reiterando que tenía conocimiento de lo que se hacía en ella «por lo que a veces me contaba».

Ha entrado en contradicción, no obstante, con su declaración durante la instrucción, ya que ha negado que tuviese «conocimiento» de la orden de paralización dictada por la Junta de Andalucía, y que ordenase los trabajos de movimiento de tierras, consistentes en el relleno de un cauce.

«Es incierto. Nunca le dije a los agentes del Seprona que tenían autorización porque nunca la he pedido. Fue mi hermano, aunque es verdad de que se puso a hacer los trabajos antes de que viniera y creo, aunque no lo recuerdo, que no sabía que existía una orden de paralización. Nunca se me dio notificación», ha apostillado.


«Atribuciones totales»

Por su parte, Francisco Sánchez ha corroborado que las obras de construcción de la «nave anexa al cortijo principal» y la piscina se realizaron «sin haber pedido permiso», ya que la licencia municipal «se pidió meses después y no se concedió» al ser suelo rústico, y ha remarcado que era él quien «tomaba las decisiones» ya que su hermano «no estaba allí con frecuencia».

Ha recordado que cuando «subió» le dijo «que si había pedido permiso para esto y me aconsejó que pidiera licencia, a lo que le dije que lo hiciera él, que iba todos los días al Ayuntamiento».

Con respecto a la supuesta roturación de terrenos forestales, ha reconocido que en 2005 «se me paralizó por la Junta de Andalucía», y ha justificado el rellenado del cauce en que «no considero que sea la misma cosa». Ha trasladado al juez que el vertido de tierra se hizo porque "«empresa de construcción necesitaba un sitio para hacerlo y a mi me venía genial».

«No era consciente de que estaba incumpliendo la orden y nadie me advirtió del delito», ha subrayado para, a continuación, reiterar que, si bien su hermano era «copropietario» cuando se produjeron los hechos enjuiciados, él «tenía atribuciones totales y no le comentaba cada paso que daba». «Al final le diría pero no se cuando, probablemente en fecha posterior», ha concluido.


La acusación del fiscal

Sánchez (PP) y su hermano se enfrentan a penas individuales de dos años y tres meses de prisión, acusados de ejecutar obras en agosto de 2005 para construir una piscina y una edificación anexa en una finca de su propiedad, y en «suelo calificado como no urbanizable».

El Ministerio Público imputa al regidor y a Francisco Sánchez la presunta comisión de delitos contra la ordenación del territorio y de desobediencia, ya que ambos continuaron presuntamente con la obra pese a que «tenían conocimiento» de la existencia de una orden de paralización inmediata de los trabajos.

Según recoge el escrito de acusación, Rodrigo Sánchez y su hermano, como propietarios de una finca no urbanizable localizada en la parcela 10 del polígono 47 del paraje rural de Los Llanos, procedieron en agosto de 2005 a realizar «movimientos de tierra» para construir una piscina y una edificación anexa a una vivienda.

La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía notificó a los acusados, con fecha 16 de marzo de 2006, la apertura de un expediente sancionador, y comunicó una orden de paralización «inmediata» de los trabajos de desmonte que estaban realizando en su propiedad.

El fiscal destaca que, «pese a tener conocimiento de dicha prohibición», de la que fueron informados en dos ocasiones más —en septiembre y noviembre de ese mismo año— para comunicar la propuesta de multa y su resolución definitiva, tanto el alcalde como su hermano «desatendieron los requerimientos de la autoridad y continuaron los trabajos».

El Ministerio Público interesa la imposición de penas de un año y medio de cárcel por delitos contra la ordenación del territorio del artículo 319.2 y 3 del Código Penal, y de nueve meses de prisión por delito de desobediencia, tipificado en el artículo 556. Solicita, además, el pago de sendas multas de 16 euros a razón de 12 euros al día, e inhabilitación especial para empleo u oficio relacionado con la construcción por periodo de dos años.


martes, 28 de octubre de 2014

Junta, partidos y agentes sociales abordan la regulación de viviendas ilegales

El acto de este martes ha generado gran expectación entre la comunidad de británicos residentes en la provincia


La mesa pretende aunar posturas y sentar las bases para poner en práctica los cambios de la LOUA. Foto: Europa Press
EUROPA PRESS / 28·10·2014

El Colegio de Abogados acoge este martes una mesa redonda con presencia de la Junta de Andalucía, partidos políticos y agentes sociales para abordar la situación actual de las viviendas fuera de ordenación en Andalucía y cómo afecta la modificación de la Ley de Ordenación Urbana de Andalucía impulsada por la el Gobierno andaluz para su regularización.

El acto, organizado por este órgano colegial y por el Colegio de Arquitectos, ha generado una «gran expectación» entre los ciudadanos británicos residentes en Almería y afectados por esta problemática, que estarán representados mediante la Asociación Abusos Urbanísticos Almanzora-No (AUAN).

El asesor de la AUAN, Gerardo Vázquez, ha indicado que se trata de un hito ya que se trataría de la «primera vez que se juntan los tres partidos políticos con representación en el Parlamento andaluz» para abordar este conflicto y ha trasladado que se percibe «una voluntad de cambio».

Vázquez, quien ha trasladado que se van a analizar los cambios propuestos al decreto puesto en marcha hace dos años y «los adicionales que serán necesarios en un futuro», ha remarcado que existe la necesidad de «dar una salida a estas viviendas, no sólo por razones de seguridad jurídica y los derechos de las personas que viven en ellas, sino por razones medioambientales también».


Éxito limitado

Al hilo de esto, ha señalado que el decreto de regularización aprobado hace dos años «ha tenido un éxito muy limitado» debido, «precisamente», al problema al que se quiere dar respuesta con el último cambio normativo y que pasa por la «dificultad de que se encuentran en un grupo de viviendas que han resultado de la división de terrenos, y que, según la Junta, siempre puede la Administración actuar contra ellas, incluso en mil años».

«Obviamente ello no es una solución lógica», ha apuntillado Vázquez, quien ha defendido que esta regulación «no choca con el punto de vista de los ecologistas» sino que, al revés, «palía la falta de control que existe en la actualidad sobre los residuos de dichas viviendas y reconocer estas viviendas permitiría a la Administración ejercer un mayor control sobre ellas y sus efectos en el medioambiente».

Ha advertido de que lo contrario sería destruir 300.000 viviendas, con lo que «se crearía un escándalo mayúsculo, y tampoco restauraría el medioambiente pues siempre se dejan escombros o los cimientos o la piscina».

«Aunque sea un paso muy importante, sólo es un paso inicial en un camino, pues aun quedaría trabajo para hacer», ha concluido Vázquez, quien ha adelantado que trasladará a la mesa la necesidad de un cambio en el Código Penal y la Ley de Suelo estatal «para tratar de proteger adquirentes de buena fe que han caído en la trampa al comprar estas casas».

domingo, 26 de octubre de 2014

Abierto al tráfico y peatones la urbanización junto a Villablanca

Los nuevos viales permitirán una mejor comunicación entre el este y el oeste de la Avenida del Mediterráneo y el barrio de Villablanca


Las obras han tenido un presupuesto de 1,8 millones de euros
ALMERÍA HOY / 25·10·2014

Una vez resueltos los trámites relativos al suministro eléctrico para dotar a la zona de alumbrado público, ayer se abrió al tráfico rodado la nueva urbanización de la UE-3 del Sector 6 del PGOU, situado entre la Avenida del Mediterráneo, a la altura del Centro Comercial Mediterráneo, y el barrio de Villablanca, un proyecto que ha sido ejecutado a través de la Empresa Municipal Almería XXI.

La mejora de este sector junto al barrio de Villablanca, delimitado por las calles Costa de Almería, Felipe II, Costa Verde y calle Francia tiene una superficie total de 47.196,26 metros cuadrados y cuenta con redes de saneamiento, abastecimiento, comunicaciones, alumbrado, zonas de juegos infantiles y mobiliario urbano; también a nivel paisajístico dado que ha cambiado un entorno hasta hace meses degradado y, por supuesto, a nivel de urbanización ya que, además de las dotaciones que conlleva esta actuación, casi un 70 por ciento del suelo cesiones públicas en beneficio de la ciudad, la urbanización se completa con 8.445 metros cuadrados de viales.

Los nuevos viales permiten, a partir de ayer, una mejor comunicación entre el este y el oeste de la Avenida del Mediterráneo y una mejor interconexión entre el barrio de Villablanca. La inversión total de esta obra asciende a 1,8 millones de euros.

viernes, 24 de octubre de 2014

Rafael Hernando atribuye el caso de La Fabriquilla a la «inseguridad jurídica» provocada por la Junta

El diputado considera «insólito» que «no se pueda dar una licencia» basada en informes «que han decidido técnicos»


Imagen: Europa Press
EUROPA PRESS / 24·10·2014

El diputado nacional por Almería y portavoz adjunto en el Congreso, Rafael Hernando, ha manifestado este viernes que el caso en el que se investiga la concesión de una licencia por parte del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, para la construcción de diez chalés en la zona de la Fabriquilla, es el resultado de «la situación de inseguridad jurídica que se ha venido creando de forma deliberada por la Junta de Andalucía».

En una rueda de prensa celebrada en Almería, Hernando ha avalado la decisión adoptada por la comisión de Gobierno de Roquetas de Mar, y ha criticado al Ejecutivo andaluz por provocar «una situación de cambio en las normativas urbanísticas permanente que crea una notable inseguridad jurídica», de la que la situación del hotel carbonero de El Algarrobico vendría a dar testimonio, puesto que contó «con subvención de la Junta y licencias de todo el mundo».

En ese sentido, el diputado ha calificado de «chocante» e «insólito» el que se trate de determinar si existe prevaricación en un caso que cuenta «con los informes favorables de los técnicos». «¿Qué diría si la comisión hubiera decidido no conceder la licencia con los informes favorables de los técnicos? Entonces habría una prevaricación o una resolución injusta», ha expuesto el popular, al tiempo que ha negado su «preocupación» por el proceder de la comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, dado que ésta actuó «legalmente» y «de acuerdo con las normas existentes».

Respecto a la petición de dimisión de Gabriel Amat que han formulado los partidos de la oposición, Hernando ha recordado que la imputación previa a la declaración constituye «una garantía procesal», y ha criticado que «algunos» pretendan «convertirla en un delito». «Los jueces juzgan en las salas, no en las escaleras como algunos hacen desgraciadamente con una doble moral», ha apostillado.

El diputado ha querido recordar que frente a su escaño en el Congreso se sientan «Chaves, Viera, Zarrías o Blanco», al que se ha referido expresamente antes de calificar de «cínicas» determinadas posturas en torno a la figura de la imputación. «Me parece mentira que algunos no hayan aprendido nada», ha sentenciado, al tiempo que ha pedido «dejar a la justicia trabajar».

Para finalizar, Antonio Hernando ha explicado que su partido tiene previsto suscribir próximamente un acuerdo con el PSOE, «salvo que se tuerza en el último momento», para «la lucha contra la corrupción», y que en éste «no se prevé que la imputación conlleve a una situación» de dimisión. «La imputación es una garantía procesal, será una palabra muy fea, pero es un garantía procesal. No es lo mismo la imputación que la apertura de juicio oral o el procesamiento de una persona, que son distintas etapas jurídicas», ha sentenciado.

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